Sociedad

SIRLA: Oficina virtual, planilla y teléfono

Cada compañía creada en un país debe cumplir con distintos lineamientos requeridos por la gobernación estatal. Esto se lleva a cabo con la finalidad de ejecutar las políticas y estatutos legales que permitan el desarrollo efectivo y organizado de la nación. Por ello, es de suma importancia efectuar toda la tramitación oficial y judicial requerida por el SIRLA para el establecimiento de una compañía. Así como conocer los protocolos y procedimientos para los trámites de estos documentos o requisitos solicitados por la entidad.

No obstante, cada proceso de carácter oficial que se deba efectuar dentro del ámbito legal de una compañía necesita de documentación. En algunos casos incluso se requiere llenar un formulario que le permita al empresario llevar a cabo las respectivas solicitudes.

¿Qué es el SIRLA?

El SIRLA, también es conocido por el nombre de Sistema Integrado de Registros Laborales. Su oficio es realizar el registro de las Empresas, Establecimientos y reportar a los trabajadores en el territorio dominicano.

La finalidad de certificarse en el SIRLA no es sólo realizar el registro de la compañía en el sistema; también evita que los empleadores violen las disposiciones contempladas en el Artículo 135 contenido en el Código del Trabajo Dominicano.

¿A quién va dirigido el SIRLA?

Este sistema es para la utilización exclusiva del sector empleador dominicano y es de carácter gratuito en sus consultas; algunos trámites poseen una tarifa a pagar. En República Dominicana, este sistema está a la disposición de los empleadores para lograr una organización óptima de los empleados de la empresa y en ciertas ocasiones también son ofrecidos cursos para la gestión del software.

¿Qué ofrece la Oficina Virtual?

La Oficina Virtual del SIRLA es una plataforma brindada por la entidad para el registro de las empresas existentes en la sociedad dominicana. En este sistema pueden visualizarse los Catálogos, donde se encuentran contenidos los nombres y códigos de todos los puestos de trabajo. De igual forma, se tendrá acceso a los Layouts destinado a programadores, así como a los Instructivos, los cuales permiten obtener una visión más amplia del funcionamiento del SIRLA.

¿Qué es la Planilla de Personal Fijo?

Este documento es un formulario que debe ser presentado por los empleadores del territorio nacional para el registro de su compañía en el Ministerio de Trabajo y reporte de los empleados que se contraten por un plazo de tiempo indefinido.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Los empleadores deben realizar la inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), documento de identidad (cédula o pasaporte), y crear la contraseña para posteriormente llevar a cabo el registro del personal fijo que trabaja en la empresa en la Planilla DGT-3.
  • En el momento que se complete la planilla esta se validará con la compra del PIN; lo conforma el número de recibo y el código de aprobación que se adquiere en la División de Ventas de Formularios.
  • Para la validación de la planilla, el empleador deberá escoger la zona donde se adquirió el PIN e ingresar el número de recibo con el código de aprobación de acuerdo con el recibo entregado.

¿Cómo contactar con el SIRLA?: Ubicación y líneas telefónicas

El Centro de Contacto del SIRLA ofrece las líneas telefónicas 809-535-4404, extensiones 3050, 3051, 3052, 3053, 3059, 3060, 3018, 3506 y 3512. Para más información puede dirigirse a la sede principal del Ministerio de Trabajo en la Avenida Enrique Jiménez Moya #5, Centro de los Héroes, La Feria, Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana o visitar la página web sirla.mt.gob.do.

¿Cómo comunicarse con la Secretaría de Trabajo?

La comunicación con la Secretaría de Trabajo puede realizarse desde una línea fija o móvil marcando el número 311 para registros, seguimiento de denuncias, quejas y reclamaciones, o bien puede ingresar al sitio web www.311.gob.do y efectuar el registro de su solicitud.

¿Qué formularios ofrece el SIRLA?

Formulario DGT-3

Es una planilla que el Ministerio de Trabajo insta a que sea presentada por los empleadores ante la Dirección General de Trabajo. Dicho documento certifica al personal que se emplea por un tiempo indefinido y debe presentarse en los quince días posteriores al inicio de actividades.

La planilla debe renovarse cada año y se tendrá que depositar en el Departamento de Trabajo a la fecha 15 de enero, según lo que establece el Artículo No. 15 del Reglamento No. 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo.

Esta documentación tiene que registrarse ante el Ministerio de Trabajo mediante la dirección de la página web. Ahora bien, la renovación se efectúa con el registro de los empleados en cada establecimiento y una vez verificada la información en la planilla, debe realizarse el pago del formulario.

Formulario DGT-4

Es el formulario utilizado para el reporte de las modificaciones o movimientos acontecidos en el personal fijo. En este documento pueden reportarse ocho tipos de cambios:

  1. Entrada de trabajadores.
  2. Salida de trabajadores.
  3. Salario.
  4. Ocupación.
  5. Traslado de trabajadores.
  6. Turno de horario.
  7. Vacaciones.
  8. Tipo de identificación.

Estos cambios tienen que reportarse en los primeros cinco días de cada mes y la información que contenga la planilla sólo corresponderá al mes reportado. Puede reportarse de dos maneras:

  • Registro directo en el sistema.
  • A través de la Carga de Archivo.

Formulario DGT-5

Es un formulario que debe ser presentado por el empleador al momento de utilizar trabajadores móviles u ocasionales. Debe hacer el reporte en el Departamento de Trabajo o bien, en la autoridad local que ejecuta sus funciones a los trabajadores que emplea en un mes dentro de los primeros cinco días del mes próximo.

Formulario DGT-7

Es el formulario provisto por el Ministerio de Trabajo de forma gratuita, para probar que no existe objeción médica para aquellos ciudadanos con edades comprendidas entre los 14 y 16 años que deseen trabajar. No obstante, se establecieron distintas condiciones para resguardar la integridad física y moral de los menores de edad.

Formulario DGT-9

Es una planilla de solicitud que le brinda al empleador la opción de suspender el contrato de trabajo de su personal. Produce automáticamente el registro de la detención de las operaciones de los empleados que deben ser suspendidos, por las distintas causas que se contemplan en el Artículo 51 del Código de Trabajo.

Formulario DGT-10

Es el contrato establecido entre el empleado y el empleador a través del cual el empleado está en la obligación de efectuar un trabajo y recibir formación simultáneamente. Por otro lado, el empleador está en el deber de brindar la retribución al empleado, a la vez que le ofrece la formación requerida para el desempeño de su trabajo.

¿Cómo registrarse y acceder al SIRLA?

El SIRLA es el sistema encargado de llevar el registro de las empresas, establecimientos y trabajadores fijos. Entre los requisitos que se les solicitan a los empleadores se contempla la inscripción del Registro Nacional de Contribuyentes, documento de identidad y la creación de una contraseña. Luego deberán completarse los datos de la empresa, establecimiento y efectuar el registro de la planilla de personal.

También debe adquirirse el formulario en la División de Tesorería en las distintas Representaciones Locales del Ministerio de Trabajo. Ahora bien, para la validación de la planilla, el empleador debe ingresar los datos del formulario obtenido; este se compone de un PIN con número de recibo, código de aprobación y representación local.

Para el registro como Empleador Formalizado

  • Sitúa en el Número de Documento, el RNC de la compañía.
  • El usuario tendrá que ser el número de RNC (sin el guion).

Registrarse como Persona Física no formalizada

  • Ubicar en el Número de Documento, la Cédula de Identidad del ciudadano que dirige la compañía.
  • El usuario es el número de Cédula (sin guion).

Registro como Empleador Extranjero que no posee RNC

  • Coloca en el Número de Documento, el Pasaporte del ciudadano que dirige la compañía.
  • El usuario es el número de Pasaporte (sin guion).

¿Por qué debe realizarse la actualización de datos del SIRLA?

De acuerdo con el Reglamento de Trabajo en su Art. 15: Toda compañía o empleador que inicie sus operaciones está en la obligación de efectuar su registro en el Sistema Integrado de Relaciones Laborales (SIRLA) en los primeros 15 días de comenzar las operaciones. No obstante, aquellas empresas que se encuentren registradas deberán realizar la actualización en los primeros 15 días de enero.

La actualización se realiza a través del Formulario DGT-3, un documento vital para la compañía, sus establecimientos y para el reporte de sus empleados contratados por tiempo indefinido. Dicho documento contiene el nombre de la empresa, ubicación, nombre del empleado, el monto de instalación, salario, ocupación, fecha de vacaciones, así como aquellos contratos de carácter temporal u ocasional.

Antes de la pandemia, las compañías no les prestaban atención a estos formularios con respecto a los procesos de los empleados y el registro de estos en el SIRLA. La mayoría no realizaba la actualización de datos de sus trabajadores mediante el DGT-4; sin embargo, como consecuencia del impacto ocasionado por el COVID-19, se pudo evidenciar su importancia, siendo fundamental al momento de obtener beneficios de las leyes laborales, así como los subsidios que se establecen para las empresas y sus trabajadores.

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